El exalcalde de Velilla y el concejal no adscrito denuncian al secretario del Ayuntamiento
Le acusan de un delito de prevaricación tras instarles a subsanar los errores detectados en su propuesta de moción de censura
JOSE CARLOS DIEZ / VELILLA
El exalcalde de Velilla del Río Carrión, Gonzalo Pérez Ibáñez, y el concejal no adscrito Miguel Ángel García –exteniente de alcalde del PSOE– presentaron ayer ante el Juzgado Decano de Cervera de Pisuerga, partido judicial al que pertenece el municipio, una denuncia al secretario del Ayuntamiento.
Según la denuncia presentada por ambos, por supuesto delito de prevaricación contra E.C.M., Secretario del Ayuntamiento de Velilla del Río Carrión y funcionario del mismo, este estaría «impidiendo el legítimo derecho constitucional, recogido como derecho fundamental en relación con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, impidiendo convocar pleno municipal para el debate de la moción de censura».
Cabe recordar que el Partido Popular de la localidad presentó en el registro del Ayuntamiento una moción de censura contra la actual alcaldesa, Belinda Mencía, el pasado miércoles, que fue diligenciada por el secretario, quien instó a los firmantes a subsanar los errores administrativos de que adolecía.
Entre los errores administrativos figuraban el hecho de que las firmas de los concejales, los cuatro del PP y el no adscrito, considerado a los efectos de la moción de censura como tránsfuga, deben realizarse ante notario o ante el secretario de la corporación. Asimismo, otro error era el de que, al tener un tránsfuga entre los firmantes y ser este necesario para poder presentar la moción, el número de concejales en esa condición debe verse incrementado en el doble de los necesarios (en este caso serían dos).
Sobre los hechos que argumentan en su denuncia, consideran que el secretario únicamente debería haber notificado a los concejales y no haber entrado a analizar la moción. «Debe comprobar que la moción de censura reúne los requisitos exigidos y en este sentido debe extender diligencia», explican.
Acusan también al secretario de extralimitarse en sus funciones al no convocar el pleno y porque «ha informado, en perjuicio de los firmantes y en beneficio del actual partido en el gobierno local, negativamente el curso de la misma y juzgando, en definitiva que no reúne los requisitos de la Ley Electoral» y aseguran que «la consecuencia de su ilícito actuar es que no se convoca el pleno del Ayuntamiento para el debate y votación».
En su escrito de acusación también aseguran que «no puede el secretario sustraer a la Administración de Justicia su función para la interpretación del caso, dado que el control de la administración sólo lo ejercen los tribunales».
En su exposición, Pérez y García explican que «lo rechaza bajo pretexto de que él interpreta que la moción no va a prosperar, exigiendo en su interpretación que haya otro proponente concejal más», explican.
Los dos concejales consideran en el punto quinto de su exposición que se trata de una acción «injusta, delictiva e interesada para el grupo político que puede verse beneficiado de una moción que no se da curso, por la injusta y arbitraria resolución del secretario». También aseguran que «el Tribunal Constitucional declaró nulo el precepto 197 de la Ley Electoral».
De esta manera, Gonzalo Pérez y Miguel Ángel García solicitan que se inicie la investigación y que se adopte una medida cautelar. «Que se dicte auto instando al secretario del Ayuntamiento denunciado, que permita y convoque en el plazo de 24 horas desde el auto que se dicte, el desarrollo normal de la citada moción de censura, para su debate y posterior votación», reclaman los denunciantes.
El exalcalde, que acudió antes de ir al juzgado al despacho del secretario para subsanar el fallo de las firmas, mostró su indignación por el hecho «de que se haya erigido juez y parte, cuando únicamente tiene que convocar el Pleno». Por su parte, el secretario no ha querido hacer ningún tipo de declaración sobre el tema.