Guardo

El CGPJ sanciona a una juez por una denuncia del Foro Social de Guardo

El retraso en resolver un recurso sobre la transformación de la residencia de mayores en el centro de salud ha motivado la queja de los demandantes

JOSE CARLOS DIEZ / GUARDO

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha sancionado a la magistrada del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palencia con una multa de 600 euros por la comisión de una falta grave tipificada en la Ley Orgánica del Poder Judicial, tras una denuncia que interpuso el Foro Social de Guardo, en la que acusaba a la magistrada de retraso injustificado del plazo para dictar una resolución sobre el cierre de la residencia geriátrica Fuentes Carrionas para su conversión en un centro de salud.

El Foro Social de Guardo, que comenzó su andadura para defender el geriátrico y oponerse a su transformación como centro sanitario, presentó una denuncia ante el Juzgado de lo Contencioso en el año 2003 por la decisión del Ayuntamiento guardense de ceder el edificio a la Junta y trasladar a los mayores al centro sociosanitario.

Ante la tardanza en dictar una sentencia, el Foro Social de Guardo optó por interponer una queja ante el Consejo General del Poder Judicial basándose en que este tipo de casos deberían resolverse con una mayor celeridad. Ante la denuncia planteada por el Foro Social de Guardo por la demora en dictarse una sentencia, el Consejo General del Poder Judicial decidió incoar un expediente disciplinario a la magistrada, que ha atravesado varios periodos de baja laboral por enfermedad, por la posible comisión de una falta grave por retraso injustificado del plazo para dictar una resolución.

En sus fundamentos de derecho, el Consejo General del Poder Judicial estima que el registro de asuntos del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palencia «se ha venido incrementado de forma progresiva en los últimos cinco años y de una forma más ostensible en el año 2006», aunque también sostiene que «en los últimos cuatro años se han resuelto en dicho Juzgado menos asuntos de los registrados, dando lugar a un aumento de los asuntos pendientes».

Por su parte, el Foro Social de Guardo considera que con esta sentencia «queda patente que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1, dado los casos acumulados, necesitaría otro juez, «para que la resolución de los casos llegase con una mayor prontitud a una resolución».

Conducta no intencionada, pero negligente

El Consejo General del Poder Judicial considera en la resolución, que no es firme y puede ser recurrida, que la magistrada no ha tenido una conducta intencionada, pero sí negligente, «siendo esto bastante para poder reprochare administrativamente los hechos imputados».

No obstante, el órgano judicial ha valorado también «el loable esfuerzo demostrado por la magistrada de querer seguir atendiendo el Juzgado, pese a la enfermedad padecida y el hecho de que el retraso en el que ha incurrido es ocasional en el conjunto de su trayectoria profesional», según se afirma también en el acuerdo judicial.

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